Doi: https://doi.org/10.17398/2695-7728.35.763
JORNADAS SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL E
INDUSTRIAL: DERECHOS MORALES DE LOS
CREADORES. CARACTERÍSTICAS, ÁMBITO Y LÍMITES
(Área
de Derecho Mercantil)
Conference on Intellectual and
Industrial Property: Moral
Rights of Creators. Characteristics, scope and limits
(Commercial Law Area).
José Antonio Vega Vega
Bajo el patrocinio de la Asociación Internación para el Estudio del Derecho de Autor (ASEDA) y la Entidad de Gestión de los Derechos de Autor de Artistas e Intérpretes (AISGE), los días 10 y 11 de mayo de 2019 se celebraron en la Facultad de Derecho de la Universidad de Extremadura, en Cáceres, unas Jornadas sobre la Propiedad Intelectual e Industrial, bajo el título DERECHOS MORALES DE LOS CREADORES. CARACTERÍSTICAS, ÁMBITO Y LÍMITES.
Las Jornadas estuvieron dirigidas por Carlos Rogel Vide, catedrático de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid, y José Antonio Vega Vega, catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Extremadura. Participaron catedráticos y profesores titulares de Universidad de las Áreas de Derecho Civil y Mercantil de España, Cuba y Méjico, todos ellos expertos en la materia.
El objetivo principal de las Jornadas era una análisis crítico-dogmático de la relevancia de los derechos que tiene el creador de bienes inmateriales, sean de naturaleza intelectual o industrial, en los que se integran, además de los derechos de explotación, diferentes facultades de índole moral o ideal.
En la producción intelectual, lo usual suele ser que una obra del ingenio se cree, además de por interés económico, para la propia realización personal del autor, sin perjuicio del resultado indirecto de su contribución al acervo cultural de la sociedad. La producción industrial, aunque pertenece también a la categoría de bien inmaterial, está integrada por facultades que participan de la naturaleza moral en menor medida, pues prácticamente solo puede calificarse como tal derecho la facultad del creador de ser mencionado como inventor en las patentes.
Esta primera apreciación nos lleva a colegir ciertas diferencias entre la creación intelectual y la creación industrial. Las obras llamadas del ingenio, con fondo artístico, literario o científico, se caracterizan por su “estaticidad”. Esto es, se conciben como aptas para ser disfrutadas de forma contemplativa o sin acción por parte del destinatario; en otras palabras, vienen a colmar necesidades psicológicas, ideales o culturales. Por su parte, la dinamicidad de los resultados de las obras de los inventores tiene un sentido más práctico o industrial, lo que se traduce en la satisfacción de necesidades materiales o técnicas de la humanidad.
Las ponencias, pues, se dirigieron a perfilar los derechos morales que surgen de todas las obras del intelecto, tengan un fin contemplativo o más bien práctico. Junto a la temporalidad, existen otros caracteres que sirvan para delimitar el ámbito y contenido de actuación de los titulares. Entre ellos, la irrenunciabilidad e inalienabilidad de determinadas facultades; el derecho a la no divulgación de la obra, sea por el propio autor o por sus causahabientes; la modificación y transformación en relación con la exigencia de integridad; el derecho de arrepentimiento o facultad de retirar la obra del comercio por cambio de convicciones intelectuales; el acceso al ejemplar raro o único, entre otros.
Las Jornadas fueron inauguradas por don Sixto Sánchez-Lauro, vicedecano de la Facultad de Derecho, en sustitución del señor decano, don Alfonso Cardenal, y de la vicedecana y profesora de Derecho Mercantil, doña María Antonia Arroyo, ausentes ambos por obligaciones académicas fuera de Extremadura. Las Jornadas discurrieron muy animadas y se suscitaron vivos e interesantes debates sobre temas controvertidos de interés científico. Una inolvidable visita a la parte antigua de la ciudad cacereña guiada y explicada por el experto mencionado señor vicedecano, puso un digno colofón a la reunión.
Las ponencias han sido recogidas en una obra monográfica con el mismo título, que vio la luz a finales del año 2019, en la Colección de Propiedad Intelectual de la Editorial Reus, de Madrid.
Ponencias debatidas y publicadas
1. Características de los derechos morales de los autores;
irrenunciabilidad e inalienabilidad. Derechos morales y derechos de la
personalidad. Semejanzas y diferencias. Perpetuidad y temporalidad de unos y
otros. Caridad Valdés Díaz, Catedrática de Derecho Civil. Universidad de La
Habana.
2. Derecho de divulgación del artista plástico y derecho de exposición pública del propietario del original de la obra: su conciliación y otras cuestiones de interés al hilo del artículo 56 de la Ley de Propiedad Intelectual. Margarita Castilla Barea, Profesora Titular de Derecho Civil. Universidad de Cádiz.
3. Derecho de los causahabientes a la no divulgación de la obra y vulneración, mediante su ejercicio, del derecho de acceso a la cultura. El artículo 44 de la Constitución y el artículo 40 LPI. José Antonio Vega Vega, Catedrático de Derecho Mercantil. Universidad de Extremadura.
4. Aspectos esenciales del derecho a la integridad de la obra y su posible colisión con otros derechos. Posibilidad de modificación de la obra, incluso en contra de la voluntad del autor de la misma. Retirada de la obra del lugar en que esté expuesta. Eduardo Serrano Gómez, Profesor Titular de Derecho Civil (Acreditado como Catedrático). Universidad Complutense de Madrid.
5. El llamado derecho de arrepentimiento de los autores y sus
requisitos. Retirada de la obra del mercado. Necesidad de indemnizar a los
cesionarios. Nueva publicación de la obra y derechos preferentes de los
cesionarios dichos. Carlos Rogel Vide, Catedrático de Derecho Civil. Universidad Complutense
de Madrid.
6. El acceso al ejemplar único o raro de la obra como pretendido derecho moral. Ejercicio del acceso y posibles daños causados al poseedor. Andrés Domínguez Luelmo, Catedrático de Derecho Civil. Universidad de Valladolid.
7. Integridad y transformación de obras que se encuentran en el dominio público. En torno a su apropiación en exclusiva por terceros. Susana Navas Navarro, Catedrática de Derecho Civil. Universidad Autónoma de Barcelona.
8. Singularidades de los derechos morales en relación con los artistas intérpretes o ejecutantes: El artículo 113 LPI. Concepción Saiz García, Profesora Titular del Derecho Civil. Universidad de Valencia.