Julia María DÍAZ CALVARRO. Régimen Jurídico de los Lugares de Culto. Especial referencia a su regulación urbanística. Granada: Comares, 2020. 291 pp. ISBN: 9788490459843

Julia María Díaz Calvarro, autora de esta monografía, es Doctora en Derecho por la Universidad de Extremadura y profesora en la actualidad de la Facultad de Derecho de la citada Universidad. La obra que se presenta aborda con detalle y rigor científico el régimen jurídico de los lugares de culto con especial referencia a su regulación urbanística. La presente publicación de la joven investigadora es el resultado palpable de su tesis doctoral defendida en el año 2018 en la misma Universidad de Extremadura.

En particular, analiza la regulación urbanística de los lugares de culto al conjugar con acierto el hecho religioso con el urbanismo como binomio digno de análisis. En el prólogo de la obra, Pedro Brufao Curiel, Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Extremadura, muestra de manera muy didáctica los mimbres del objeto de estudio. Con un lenguaje sencillo y clarificador, lejano de lo engalanado y enrevesado, la autora demuestra su capacidad de análisis y exposición mediante una metodología científica bien aprendida.

El estudio busca responder a toda una serie de interrogantes que se plantean y resuelven a lo largo de los cinco capítulos en los que se estructura este libro. Caber destacar la aproximación holística pergeñada al respecto a lo largo de la obra, ya que la autora no se conforma con una mera aproximación descriptiva al objeto de análisis, sino que ahonda en una aproximación pragmática o práctica mediante la interpretación y aplicación del régimen jurídico de la regulación urbanística de los lugares de culto. Al efecto, usa con soltura la doctrina científica más autorizada sobre la materia, sin descuidar los pronunciamientos del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y la jurisprudencia de los tribunales ordinarios. Es más, frente a la lege data, la joven profesora no rehúye propuestas de lege ferenda mediante una aproximación teleológica, propositiva y valorativa. Quizás, lo más valioso al respecto sean las síntesis conclusivas que enarbola la autora al final de cada uno de los cinco capítulos que conforman el libro.

En el primer capítulo, la autora comienza por el principio, si, por el principio, esto es, por la aproximación al tratamiento jurídico de los lugares de culto. En las consideraciones previas sobre los lugares de culto se busca como cuestión previa una aproximación a una definición general de lo que ha venido considerándose como lugares de culto, para, una vez delimitada la materia de forma genérica, desgranar y distinguir tal noción frente a otras figuras afines. Para ello se parte al parecer de una noción amplia del concepto.

Como no puede ser de otro modo, y en mi opinión de manera acertada, acto seguido procede a bosquejar por este orden la aproximación al tratamiento jurídico de los lugares de culto en el ámbito internacional (con especial referencia a los lugares de culto en los instrumentos jurídico-internacionales vinculados a la ONU y a otras Organizaciones internacionales) , en el marco regional europeo (con especial alusión al análisis crítico de la jurisprudencia emanada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la materia y a la configuración de la libertad religiosa en el Derecho de la Unión Europea) y, finalmente, en el ordenamiento español (con especial atención al Derecho Fundamental a la Libertad Religiosa esbozado en la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa y a la cooperación del Estado español con las Confesiones Religiosas).

En el segundo capítulo, se pone el foco en la siempre controvertida distribución de competencias en el ámbito urbanístico entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración local y el marco jurídico vigente tomando como punto de partida el punto de inflexión que supuso la Sentencia del Tribunal Constitucional 61/1997, de 20 de marzo.

En el tercer capítulo, se pone el objetivo en el análisis de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística aplicables a los lugares de culto, poniendo el acento en el lugar de culto como dotación urbanística, la idoneidad de la reserva de suelo para uso dotacional y en especial para uso religioso y asistencial, el lugar de culto como sistema general o sistema general. Este capítulo termina con la gestión y ejecución urbanística y los lugares de culto poniendo el énfasis en la discrecionalidad administrativa en el ámbito urbanístico.

En el interesante cuarto capítulo, se pone el prisma en las posibilidades que ofrece el ordenamiento jurídico para la ubicación de los lugares de culto. En concreto, se señala la importancia de la ubicación de los lugares de culto y las previsiones normativas según el suelo sea de naturaleza demamial (concesión para uso privativo de dominio público, mutación demanial y el procedimiento de desafectación de un terreno de naturaleza demanial) o patrimonial (cesión gratuita del uso del suelo, enajenación de terreno a una Confesión Religiosa, permuta de terrenos, constitución de un derecho de superficie y transmisión de suelos procedentes de Patrimonios Públicos de Suelo). Asimismo, se contempla la transmisión de inmuebles y el uso de espacios públicos para ubicar lugares de culto, los lugares de culto en suelo de titularidad privada, y ello sin olvidar las especialidades aplicables a los centros pluriconfesionales y los supuestos de colaboración entre confesiones.

Finalmente, en el quinto capítulo, se abordan de manera insoslayable los mecanismos de control administrativo y la pertinencia de su ejercicio respecto a los lugares de culto, esto es, una breve aproximación a las licencias urbanísticas y a la Directiva Bolkestein como control “ex post” en la actividad urbanística. Ahora bien, lo más relevante de este capítulo es, sin duda alguna, el examen de las especialidades del control administrativo y su exigibilidad a las confesiones religiosas para la construcción y apertura de un lugar de culto.

Para ir poniendo fin a esta breve reseña, nada mejor que reproducir las palabras del prólogo, escrito, como se ha avanzado, por el Dr. Pedro Brufao Curiel, cuando termina concluyendo que

“si en ocasiones resulta difícil dominar especialidades jurídicas que cuentan con elementos propios que las diferencian de otras, como es el caso del Derecho Urbanístico, resulta muy grato constatar que se cuenta con la capacidad de análisis y exposición suficientes para conjugar los derechos fundamentales y el Derecho Eclesiástico. En la lucha por el Derecho, que ha de ser permanente, ha de constarse con las herramientas jurídicas imprescindibles, gozar de amplitud de miras y ser capaza de emplear los mimbres necesarios para, en este supuesto, garantizar la libertad religiosa y, en definitiva, la libertad de la persona”.

En fin, estamos en presencia de una obra francamente recomendable a los juristas que quieran acercarse a este fenómeno perdurable de la regulación urbanística de los lugares de culto en la sociedad del tiempo presente. A buen seguro, esta ópera prima, escrita con rigor y seriedad, pasará a la historia jurídico-administrativa en general y a la historia del Derecho eclesiástico en particular, tanto por la forma como por el fondo. Más aún, creo, sin temor a confundirme, que será un referente ineludible para las futuras investigaciones de la materia abordada que, a buen seguro, seguirán suscitándose al respecto.

 

Juan Antonio Pavón Pérez

Área de Derecho Administrativo

Departamento de Derecho Público

Facultad de Derecho

Universidad de Extremadura

jpavper@unex.es

https://orcid.org/0000-0002-1889-9486