Manuel ANDREU GÁLVEZ. Instituciones de la Monarquía Hispano-Católica en Indias. Pamplona: EUNSA, 2019. 125 pp. ISBN: 978-84-313-3415-4

Hace unos meses cayó en nuestras manos el libro que ahora reseñamos, elaborado por el doctor Manuel Andreu Gálvez, oriundo de Teruel, pero radicado en México desde hace algunos años. En México se doctoró y labora como profesor-investigador de la Universidad Panamericana, dedicado a la Historia del Derecho.

La obra forma parte de la colección Apuntes de EUNSA, con lo que podemos advertir que se trata de un texto para que los estudiantes puedan conocer los aspectos históricos, jurídicos y políticos del complejo aparato institucional que el Reino de Castilla estableció en América y que, como explica el autor, no perteneció a la organización del Estado moderno.

Ese estudio se hace a partir de las fuentes primarias, sobre todo la Recopilación de Leyes de Indias de 1680. Pero, además, aborda las fuentes secundarias que le permiten al lector al que va dirigido entender las expresiones y el sentido de esa normativa que, de otra forma, no serían comprensibles. Por eso, resulta muy valioso para los estudiantes de historia del derecho, que pueden introducirse de una manera fácil y didáctica a la organización indiana.

El trabajo de don Manuel Andreu se organiza en seis grandes apartados, además de la introducción y las conclusiones. El primero se refiere a los antecedentes históricos de las instituciones hispánicas (capítulo 2), puesto que no puede comprenderse el funcionamiento del entramado transoceánico sin entender las raíces medievales de Castilla, cuyas figuras fueron trasplantadas al Nuevo Mundo.

La segunda ración es el estudio de la monarquía (capítulo 3), pues el Rey se trata del pilar fundamental del orden político hispánico. Toda la organización institucional se debe al monarca. Y no un rey cualquiera, sino al católico, ya que en torno al altar y al trono giraba el entramado institucional. Sin «su católica majestad» no puede entenderse el resto del aparato, y es por ello por lo que el autor hace referencia a la institución y a sus bases filosóficas.

Tras la referencia al monarca, el profesor de la Universidad Panamericana dedica los siguientes tres apartados a tratar los órdenes estructurales básicos de las instituciones indianas: los sistemas supremo, superior y local. Cada uno es analizado desde la óptica de los cuatro brazos competenciales fundamentales: el gobierno, la administración de justicia, los asuntos de guerra y las cuestiones de hacienda.

Dentro del apartado de la organización suprema (capítulo 4) analiza el Real y Supremo Consejo de Indias, la Secretaría del Despacho Universal de Indias en tiempos borbónicos y la Casa de Contratación.

En el gobierno superior, que se desenvolvía del otro lado del Atlántico, explica tanto la figura del virreinato y del virrey, como las provincias mayores y menores, la rama judicial con las audiencias, las capitanías generales, y la rama hacendaria con la Junta Superior de Hacienda (capítulo 5).

Posteriormente trata el aparato institucional local (capítulo 6), que fue sumamente importante pues sin las villas, ciudades y municipios no habrían podido tener operatividad los otros dos niveles. En este nivel explica las ramas de gobierno, de justicia, de guerra y de hacienda. Destaca el tratamiento que el profesor Andreu hace del cabildo, y se nota que es un gran conocedor del tema. No en balde ese fue el objeto de su tesis doctoral.

El quinto y último gran apartado, más que al estudio de la organización del aparato, busca desenmascarar algunos de los mitos que desde el siglo XIX han existido en torno a la Monarquía Hispano-Católica en Indias (capítulo 7).  Es en este apartado en donde don Manuel desarrolla la idea que había perfilado desde la introducción: las Indias no fueron colonias, puesto que existió un proceso civilizador, en el que importaba la vida en comunidad y no solo la extracción.

Consideramos que la obra que reseñamos es un gran esfuerzo por hacer asequible el entramado institucional de la Monarquía Hispánica en las Indias. Es una puerta de acceso al derecho indiano. Luego el lector podrá entrar en sus profundidades gracias a las fuentes que cita a lo largo y ancho del trabajo, en donde destacan las obras clásicas de Dougnac, Muro Orejón, Sánchez Bella o García-Gallo.

 

José María Soberanes Díez

Área de Derecho Constitucional

Facultad de Derecho

Universidad Panamericana, Mixcoac, Ciudad de México

jmsoberanes@up.edu.mx

https://orcid.org/0000-0001-7400-8302