Manuel ANDREU GÁLVEZ. Instituciones
de la Monarquía Hispano-Católica en Indias. Pamplona: EUNSA, 2019. 125 pp.
ISBN: 978-84-313-3415-4
Hace unos meses cayó en nuestras manos el libro que ahora
reseñamos, elaborado por el doctor Manuel Andreu Gálvez, oriundo de Teruel,
pero radicado en México desde hace algunos años. En México se doctoró y labora
como profesor-investigador de la Universidad Panamericana, dedicado a la
Historia del Derecho.
La obra forma parte de la colección Apuntes de EUNSA, con
lo que podemos advertir que se trata de un texto para que los estudiantes
puedan conocer los aspectos históricos, jurídicos y políticos del complejo
aparato institucional que el Reino de Castilla estableció en América y que,
como explica el autor, no perteneció a la organización del Estado moderno.
Ese estudio se hace a partir de las fuentes primarias,
sobre todo la Recopilación de Leyes de Indias de 1680. Pero, además,
aborda las fuentes secundarias que le permiten al lector al que va dirigido
entender las expresiones y el sentido de esa normativa que, de otra forma, no
serían comprensibles. Por eso, resulta muy valioso para los estudiantes de historia
del derecho, que pueden introducirse de una manera fácil y didáctica a la
organización indiana.
El trabajo de don Manuel Andreu se organiza en seis
grandes apartados, además de la introducción y las conclusiones. El primero se
refiere a los antecedentes históricos de las instituciones hispánicas (capítulo
2), puesto que no puede comprenderse el funcionamiento del entramado
transoceánico sin entender las raíces medievales de Castilla, cuyas figuras
fueron trasplantadas al Nuevo Mundo.
La segunda ración es el estudio de la monarquía (capítulo
3), pues el Rey se trata del pilar fundamental del orden político hispánico.
Toda la organización institucional se debe al monarca. Y no un rey cualquiera,
sino al católico, ya que en torno al altar y al trono giraba el entramado
institucional. Sin «su católica majestad» no puede entenderse el resto del aparato, y es por ello por lo que el
autor hace referencia a la institución y a sus bases filosóficas.
Tras la referencia al monarca, el profesor de la
Universidad Panamericana dedica los siguientes tres apartados a tratar los
órdenes estructurales básicos de las instituciones indianas: los sistemas
supremo, superior y local. Cada uno es analizado desde la óptica de los cuatro
brazos competenciales fundamentales: el gobierno, la administración de
justicia, los asuntos de guerra y las cuestiones de hacienda.
Dentro del apartado de la organización suprema (capítulo
4) analiza el Real y Supremo Consejo de Indias, la Secretaría del Despacho
Universal de Indias en tiempos borbónicos y la Casa de Contratación.
En el gobierno superior, que se desenvolvía del otro lado
del Atlántico, explica tanto la figura del virreinato y del virrey, como las
provincias mayores y menores, la rama judicial con las audiencias, las
capitanías generales, y la rama hacendaria con la Junta Superior de Hacienda
(capítulo 5).
Posteriormente trata el aparato institucional local
(capítulo 6), que fue sumamente importante pues sin las villas, ciudades y
municipios no habrían podido tener operatividad los otros dos niveles. En este
nivel explica las ramas de gobierno, de justicia, de guerra y de hacienda.
Destaca el tratamiento que el profesor Andreu hace del cabildo, y se nota que
es un gran conocedor del tema. No en balde ese fue el objeto de su tesis
doctoral.
El quinto y último gran apartado, más que al estudio de
la organización del aparato, busca desenmascarar algunos de los mitos que desde
el siglo XIX han existido en torno a la Monarquía Hispano-Católica en Indias
(capítulo 7). Es en este apartado en
donde don Manuel desarrolla la idea que había perfilado desde la introducción:
las Indias no fueron colonias, puesto que existió un proceso civilizador, en el
que importaba la vida en comunidad y no solo la extracción.
Consideramos que la obra que reseñamos es un gran
esfuerzo por hacer asequible el entramado institucional de la Monarquía
Hispánica en las Indias. Es una puerta de acceso al derecho indiano. Luego el
lector podrá entrar en sus profundidades gracias a las fuentes que cita a lo
largo y ancho del trabajo, en donde destacan las obras clásicas de Dougnac, Muro Orejón, Sánchez Bella o García-Gallo.
José María Soberanes Díez
Área de
Derecho Constitucional
Facultad
de Derecho
Universidad
Panamericana, Mixcoac, Ciudad de México
jmsoberanes@up.edu.mx
https://orcid.org/0000-0001-7400-8302