Jesús Lalinde Abadía y Sixto Sánchez-Lauro. Derecho histórico de los pueblos hispánicos. Fuentes e instituciones públicas. Colección Ciencias Jurídicas. Madrid: Sindéresis, 2020. 424 pp. ISBN: 978-84-18206-10-8

El denominado “Proceso de Bolonia”, iniciado con el nuevo siglo, ha generado profundos cambios en el ámbito académico universitario a través del nacimiento del Espacio Europeo de Educación Superior. Estos cambios múltiples también han afectado de forma esencial a los Planes de Estudio de las diferentes materias en cada área de conocimiento universitaria. Ante esto, resultaba necesario ofrecer al alumnado herramientas y materiales que se adaptasen a las nuevas orientaciones metodológicas y de contenido. Esto ha condicionado un itinerario durante estas dos décadas, que aún está por consolidar.

En esta línea, la Editorial Sindéresis, en su Colección Ciencias Jurídicas, ha sacado a la luz una nueva edición del manual Derecho histórico de los pueblos hispánicos. Fuentes e instituciones públicas, pensado para el alumnado de las ciencias jurídicas que se acercan a la materia de la Historia del Derecho en sus enseñanzas de grado. La materia objeto de estudio en esta publicación es el análisis histórico de la cultura jurídica latina del Derecho (Directum), circunscribiéndose al Derecho histórico de los pueblos hispánicos como realidad particular. Así pues, el enfoque iushistórico de este libro aparece vinculado preferentemente al espacio hispánico, aunque dentro del marco de la cultura jurídica que ha evolucionado, tras el Ius romano, en la Europa Latina y Latinoamérica como categoría superior. Frente al binomio Historia y Derecho, tradicionalmente tratado desde posicionamientos nacionalistas, el libro que recensionamos procura saltar las barreras nacionales en su exposición de la materia, proyectando una visión universalista sobre las realidades particulares en territorios y tiempos determinados. Se aleja del historicismo visto a través del nacionalismo, ya que aquél deformaría la realidad, acercándose los autores a un universalismo iushistórico.

La parte embrionaria de la presente edición pertenece al manual Derecho Histórico Español, de Jesús Lalinde Abadía. En posteriores ediciones, Sixto Sánchez-Lauro ha ido modificando y adaptando los contenidos iniciales a los nuevos planes docentes. Ante la reducción de créditos académicos de la materia iushistórica en la enseñanza universitaria, en la presente publicación de la Editorial Sindéresis vemos que se mantiene la parte general, pero se suprime el Derecho penal, el Derecho privado y el Derecho procesal de la parte especial. Ciertamente, hubiera resultado inabarcable la exigencia global o completa de la materia con la limitación de la carga lectiva. Esta abreviación va a permitir a los alumnos, como destinatarios preferentes, conocer mejor los fundamentos y la creación del Derecho histórico, con una visión previa del pensamiento jurídico; del mismo modo, ofrecerá un acercamiento más riguroso a las instituciones político-administrativas históricas relativas al Poder y a la actuación del Poder, con una síntesis antepuesta de los factores de discriminación social con arreglo al ordenamiento jurídico de cada período.

El profesor Sánchez-Lauro, según aparece en una advertencia preliminar del libro, redacta e incorpora unas lecturas temáticas complementarias al final de cada una de las secciones del libro. Estas lecturas temáticas, muy variadas iushistóricamente, “desarrollan monográficamente determinados elementos o componentes relevantes de la regulación jurídica histórica, expuesta básicamente en los apartados precedentes”. Aportan una orientación práctica, reflexiva, de comentario o debate sobre aspectos históricos particulares o monográficos.

La gran novedad que presenta este manual de Historia del Derecho es su criterio expositivo. En lugar de utilizar el tradicional método cronológico o vertical, presenta una forma expositiva sistemática u horizontal. Descompone el conjunto jurídico en diferentes aspectos, que posteriormente analiza cronológicamente. Con estilo conciso, ofrece una cierta conceptualización al carecer de pormenorizaciones respecto de las instituciones. Más juridicista que historicista, lo que resulta más apropiado por su destino, permite a los alumnos y restantes lectores una mayor capacidad de abstracción, relación y reflexión. Consideramos que esta orientación presupone una mayor utilidad a sus usuarios, permitiéndoles de forma más efectiva superar el objetivo de la Historia del Derecho como fundamento de los estudios jurídicos.

 

Manuel Lázaro Pulido

Departamento de Filosofía

Facultad de Filosofía

Universidad Nacional de Educación a Distancia

mlazarop@fsof.uned.es

https://orcid.org/0000-0002-0064-5293