Jesús Lalinde Abadía y Sixto Sánchez-Lauro. Derecho histórico de los pueblos
hispánicos. Fuentes e instituciones públicas. Colección Ciencias Jurídicas.
Madrid: Sindéresis, 2020. 424 pp. ISBN: 978-84-18206-10-8
El denominado “Proceso de
Bolonia”, iniciado con el nuevo siglo, ha generado profundos cambios en el
ámbito académico universitario a través del nacimiento del Espacio Europeo de
Educación Superior. Estos cambios múltiples también han afectado de forma esencial
a los Planes de Estudio de las diferentes materias en cada área de conocimiento
universitaria. Ante esto, resultaba necesario ofrecer al alumnado herramientas
y materiales que se adaptasen a las nuevas orientaciones metodológicas y de
contenido. Esto ha condicionado un itinerario durante estas dos décadas, que
aún está por consolidar.
En esta línea, la Editorial
Sindéresis, en su Colección Ciencias Jurídicas, ha sacado a la luz una nueva
edición del manual Derecho histórico de
los pueblos hispánicos. Fuentes e instituciones públicas, pensado para el
alumnado de las ciencias jurídicas que se acercan a la materia de la Historia
del Derecho en sus enseñanzas de grado. La materia objeto de estudio en esta
publicación es el análisis histórico de la cultura jurídica latina del Derecho
(Directum),
circunscribiéndose al Derecho histórico de los pueblos hispánicos como realidad
particular. Así pues, el enfoque iushistórico de este
libro aparece vinculado preferentemente al espacio hispánico, aunque dentro del
marco de la cultura jurídica que ha evolucionado, tras el Ius romano, en la Europa Latina y Latinoamérica como categoría
superior. Frente al binomio Historia y Derecho, tradicionalmente tratado desde
posicionamientos nacionalistas, el libro que recensionamos procura saltar las
barreras nacionales en su exposición de la materia, proyectando una visión
universalista sobre las realidades particulares en territorios y tiempos
determinados. Se aleja del historicismo visto a través del nacionalismo, ya que
aquél deformaría la realidad, acercándose los autores a un universalismo iushistórico.
La parte embrionaria de la
presente edición pertenece al manual Derecho
Histórico Español, de Jesús Lalinde Abadía. En posteriores ediciones, Sixto
Sánchez-Lauro ha ido modificando y adaptando los contenidos iniciales a los
nuevos planes docentes. Ante la reducción de créditos académicos de la materia iushistórica en la enseñanza universitaria, en la presente
publicación de la Editorial Sindéresis vemos que se mantiene la parte general,
pero se suprime el Derecho penal, el Derecho privado y el Derecho procesal de
la parte especial. Ciertamente, hubiera resultado inabarcable la exigencia
global o completa de la materia con la limitación de la carga lectiva. Esta
abreviación va a permitir a los alumnos, como destinatarios preferentes,
conocer mejor los fundamentos y la creación del Derecho histórico, con una
visión previa del pensamiento jurídico; del mismo modo, ofrecerá un
acercamiento más riguroso a las instituciones político-administrativas
históricas relativas al Poder y a la actuación del Poder, con una síntesis
antepuesta de los factores de discriminación social con arreglo al ordenamiento
jurídico de cada período.
El profesor Sánchez-Lauro, según
aparece en una advertencia preliminar del libro, redacta e incorpora unas
lecturas temáticas complementarias al final de cada una de las secciones del
libro. Estas lecturas temáticas, muy variadas iushistóricamente,
“desarrollan monográficamente determinados elementos o componentes relevantes
de la regulación jurídica histórica, expuesta básicamente en los apartados
precedentes”. Aportan una orientación práctica, reflexiva, de comentario o
debate sobre aspectos históricos particulares o monográficos.
La gran novedad que presenta este
manual de Historia del Derecho es su criterio expositivo. En lugar de utilizar
el tradicional método cronológico o vertical, presenta una forma expositiva
sistemática u horizontal. Descompone el conjunto jurídico en diferentes
aspectos, que posteriormente analiza cronológicamente. Con estilo conciso,
ofrece una cierta conceptualización al carecer de pormenorizaciones respecto de
las instituciones. Más juridicista que historicista,
lo que resulta más apropiado por su destino, permite a los alumnos y restantes
lectores una mayor capacidad de abstracción, relación y reflexión. Consideramos
que esta orientación presupone una mayor utilidad a sus usuarios,
permitiéndoles de forma más efectiva superar el objetivo de la Historia del
Derecho como fundamento de los estudios jurídicos.
Manuel Lázaro Pulido
Departamento
de Filosofía
Facultad
de Filosofía
Universidad
Nacional de Educación a Distancia
mlazarop@fsof.uned.es
https://orcid.org/0000-0002-0064-5293