SEMINARIO
PERMANENTE DE ACTUALIDAD LABORAL 2020
(Área de Derecho del Trabajo y
de la Seguridad Social)
PERMANENT SEMINAR ON CURRENT EMPLOYMENT ISSUES 2020
(Area of Labour and
Social Security Law)
Carmen Solís
Prieto[1]
Carlota Ruiz
González[2]
Como
viene siendo ya habitual desde el año 2014, el grupo de investigación de
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Extremadura,
gracias a la financiación concedida por la Consejería de Economía, Ciencia y
Agenda Digital de la Junta de Extremadura y el Fondo Europeo de Desarrollo
Regional, organizó su tradicional seminario coloquio en torno a las principales
novedades legislativas y jurisprudenciales que han visto la luz durante el
último año. Así, entre los días 23 de septiembre y 16 de noviembre de 2020,
bajo la dirección de los Dres. Ángel Arias Domínguez, Francisco Javier Hierro
Hierro y Francisco Rubio Sánchez y la coordinación de las Dras. Carmen Solís
Prieto y Carlota Ruiz González, se sucedió un nutrido ciclo de conferencias que
estuvieron a cargo de iuslaboralistas de reconocido prestigio en cada una de
las materias abordadas. En tanto la situación sanitaria no ha permitido en esta
ocasión su celebración presencial en la Facultad de Derecho y en la Facultad de
Ciencias Económicas y Empresariales de nuestra universidad, nos hemos servido
de las nuevas tecnologías para celebrarlas a través de la plataforma Zoom, lo
que ha permitido una mayor difusión y participación en las mismas pues, además
de nuestros alumnos, también se han sumado otros operadores jurídicos
interesados en la temática tratada en las distintas sesiones del seminario.
En esta edición las
sesiones del seminario se han organizado en torno a cuatro grandes líneas
temáticas: 1) incidencia de la crisis sanitaria y las medidas de contención
adoptadas sobre las relaciones laborales y vías de protección social, 2)
impacto de la digitalización en el mundo sociolaboral, 3) sostenibilidad del
sistema de pensiones de la Seguridad Social y 4) manifestaciones
del principio de igualdad en el ámbito laboral y de la Seguridad Social.
Todas ellas, sin excepción, ocupan en la actualidad un lugar destacado en las
investigaciones iuslaboralistas.
Desafortunadamente
el año 2020 ha venido marcado por una crisis sanitaria global a causa de la
pandemia por COVID-19. El pasado 14 de marzo de 2020, el Gobierno, reunido en
Consejo de Ministros extraordinario, aprobó la declaración del estado de alarma
en todo el territorio nacional para afrontar la situación de emergencia
sanitaria provocada por el coronavirus en España. Ciertas medidas adoptadas al
respecto, como el confinamiento severo de la población y la paralización de
toda actividad económica no esencial, han tenido una notable incidencia en el
tejido productivo de nuestro país, incidencia que aún se siente, y para la que
el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social se ha visto obligado a buscar
soluciones de carácter extraordinario. Por ello, el primer eje temático de
nuestro seminario permanente no podía sino girar en torno a la incidencia de la
pandemia y las medidas de contención decretadas de la mano de la declaración
del estado de alarma sobre las relaciones laborales y el necesario
establecimiento de instrumentos eficaces de protección social al respecto.
En este
sentido, la Dra. María Emilia Casas Baamonde, Catedrática de nuestra disciplina
en la Universidad Complutense de Madrid y expresidenta del Tribunal
Constitucional, hizo una magnífica disertación de carácter introductorio y
general sobre el papel desempeñado por el Derecho del Trabajo y de la Seguridad
Social en una situación de crisis sanitaria como la actual. Si bien nuestro
ordenamiento jurídico ya contenía instrumentos facilitadores de la suspensión, la reducción
o el cese de las actividades laborales y preveía su correspondiente cobertura
por desempleo, distintas normas de urgencia se han sucedido al respecto en los
últimos meses, yuxtaponiéndose unos contenidos sobre otros, con la finalidad de
adaptarlos y flexibilizarlos para dar cobertura a la pérdida masiva de empleo,
la falta de ingresos y las numerosas situaciones de vulnerabilidad derivadas de
la extraordinaria situación. Así, esta serie de decretos-ley han dedicado buena
parte de su articulado, junto con otras medidas económicas y fiscales, al
establecimiento de específicas previsiones protectoras en materia laboral y de
Seguridad Social.
Y no sólo nos quedamos en una
visión teórica de la problemática planteada, sino que de la mano de un técnico
especialista en la materia pudimos analizar las distintas actuaciones y
protocolos desplegados a consecuencia del COVID-19 en el ámbito laboral. Así,
Dª. María de los Ángeles Muñoz Marcos, Inspectora de Trabajo y Seguridad Social
y exconsejera de Empleo, Mujer y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura,
analizó las diversas medidas que han debido adoptar las empresas en materia de
coordinación, contención y prevención, ante el impacto de la crisis sanitaria.
Centraron su intervención no sólo los lamentablemente archiconocidos
expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), sino también las
necesarias medidas de salud pública a implantar en los centros de trabajo, so
pena de sanción económica, relativas a cuestiones de limpieza, ventilación,
desinfección o distanciamiento social de seguridad. De esta forma, se ha puesto
de manifiesto la importante tarea de refuerzo y colaboración que la Inspección
de Trabajo ha venido a realizar en la contención de la extensión de la
pandemia.
En comparación con las medidas
establecidas en España, el Dr. David Carvalho Martins, profesor invitado de la
Universidad de Lisboa, comentó una de las propuestas más importantes aprobadas
en nuestro país vecino durante el estado de emergencia sanitaria. Mediante el
Decreto Ley nº. 10-G/2020, de 26 de marzo, se daba entrada en su ordenamiento a
una figura similar a los ERTE españoles: el lay-off
simplificado. Este procedimiento vendría a permitir el mantenimiento de los
contratos de trabajo en aquellas empresas cuya actividad se hubiera paralizado
o reducido considerablemente, configurándose como un apoyo financiero
extraordinario atribuido a la empresa destinado al pago de la retribución de
los trabajadores afectados por reducciones temporales de jornada o suspensiones
contractuales derivadas de la pandemia.
Otro de los fenómenos más
destacados en nuestro ámbito a raíz de la pandemia ha sido el fomento, en todos
los sectores que así lo permitiesen, del trabajo a distancia, en tanto vía de
continuidad de la actividad productiva durante el confinamiento y, a su vez,
medida de prevención frente al contagio. Tanto es así que esta modalidad de
trabajo pasó a tener carácter preferente en el desarrollo de la prestación de
servicios. Ahora bien, esta situación extraordinaria no ha hecho sino
precipitar la aprobación de una norma de carácter general sobre el trabajo a
distancia, que, con vocación más amplia, viene a dar cobertura a la inexorable
transformación que el avance de la revolución digital ha impuesto en el campo
de las relaciones laborales por lo que hace a las formas de prestación y
organización laborales. Al análisis de estas cuestiones dedicó su intervención
la Dra. Carolina San Martín Mazzuconi, Catedrática de Derecho del Trabajo y de
la Seguridad Social de la Universidad Rey Juan Carlos y Magistrada suplente de
la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, quien analizó pormenorizadamente
las novedades introducidas por el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre,
de trabajo a distancia.
Como no podía ser de otra manera,
también se han visto afectados a consecuencia de la pandemia por COVID-19
sectores tan específicos y dispares como el trabajo en el servicio doméstico
como el mercado del deporte, cuyas particularidades merecían ser analizadas.
Por lo que hace al primero de
ellos, la Dra. Carmen Grau Pineda, Profesora Titular de Derecho del Trabajo y
de la Seguridad Social de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, dedicó
su intervención a analizar la particular situación laboral y de Seguridad
Social en que se han encontrado los trabajadores del servicio doméstico, que
constituyen no sólo una parte considerable de la fuerza de trabajo, sino uno de
los colectivos profesionales más vulnerables en las circunstancias actuales,
dado que no tienen derecho a la prestación por desempleo. Así se hizo especial
mención al logro alcanzado a través del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de
marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito
social y económico para hacer frente al COVID-19, que supuso el reconocimiento
a los empleados de hogar de un subsidio extraordinario por desempleo ante la
falta de actividad, la reducción de las horas de trabajo o la extinción del
contrato a consecuencia de la crisis sanitaria.
En relación al mundo deportivo,
precisamente el Director Jurídico del máximo organismo del fútbol mundial, la Fédération Internationale
de Football Association
(FIFA) y antiguo alumno de nuestra Facultad, el Dr. Emilio García
Silvero, repasó las innumerables controversias jurídicas que a nivel
contractual ha supuesto esta extraordinaria situación por lo que al deporte rey
respecta: entre ellas, destacó su incidencia sobre los contratos de los
deportistas profesionales, los patrocinios deportivos y el régimen de los
derechos televisivos y audiovisuales, haciendo especial referencia a los
diferentes escenarios en torno a la reanudación de las competiciones
deportivas.
Analizadas
las repercusiones de la crisis sanitaria global y las medidas adoptadas para su
contención sobre las relaciones laborales, a continuación, el análisis debía
centrarse en el ámbito de la protección social pues, sin perjuicio del impacto
directo sobre la actividad económica, la pandemia ha traído consigo una
profunda crisis social, que afecta de manera especial a las personas que ya se
encuentran en situación de vulnerabilidad. Tal ha sido su incidencia en el nivel de rentas de las
familias que, si bien ya se venía hablando de la necesidad de aprobar una renta
mínima ciudadana que garantice una vida digna a lo largo de todas las etapas de
la vida, la extraordinaria situación generada por la pandemia y la declaración
del estado de alarma ha acelerado la aprobación, mediante el Real Decreto-ley
20/2020, de 29 de mayo, de una nueva prestación de Seguridad Social: el
denominado ingreso mínimo vital. Esta prestación trata de poner freno a la
exclusión social derivada de la carencia de recursos tratando de facilitar la
transición hacia situaciones de pleno desarrollo en sociedad. Así, se le
dedicaron dos sesiones del seminario permanente a esta nueva prestación: la
primera de ellas, bajo un enfoque de carácter principalmente técnico-jurídico y
la segunda, centrada en el análisis de los principales problemas prácticos que
su puesta en práctica ha conllevado su entidad gestora.
La Dra. Cristina Sánchez-Rodas
Navarro, Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la
Universidad de Sevilla y experta nacional en materia de prestaciones en varios
proyectos de la Comisión Europea, no sólo analizó la problemática competencial
planteada por la regulación estatal de esta nueva prestación, sino que subrayó
el hecho de que el legislador parece no haber tenido en consideración a la hora
de redactar el Real Decreto-ley 20/2020 que España es miembro de la Unión
Europea, con los problemas que ello supone de cara a la determinación del
carácter exportable o no de esta prestación a otro país de la Unión.
Por su parte, Dª. María Alexandra
Díaz Mordillo, Directora Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad
Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social de Cáceres, describió
el doble reto social que la implantación de esta nueva prestación había
supuesto. Por un lado, ello se justifica en que la gestión de esta prestación
de naturaleza asistencial le fue atribuida al Instituto Nacional de la
Seguridad Social, ente que, por el contrario, se encuentra principalmente
especializado en las prestaciones contributivas del sistema. A su vez, por el
otro, la puesta en marcha de esta prestación en tiempo récord hizo emerger
numerosos problemas derivados de la falta de desarrollo reglamentario en la
materia, de la dificultad para la presentación de la documentación requerida y
del ingente número de solicitudes registradas.
El segundo eje temático sobre el
que giró el contenido del seminario se centra en el impacto de las tecnologías
digitales, la automatización, la robotización y la conectividad permanente en
el mundo sociolaboral, aunque aún son impredecibles muchas de las consecuencias
de estos fenómenos en las diversas facetas de la actividad laboral.
En este ámbito cabe reseñar la
intervención de la Dra. María Luz Rodríguez Fernández, Profesora Titular de
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Castilla-La
Mancha, quien, con una intervención de corte introductorio, nos invitó a
reflexionar sobre la irrupción de la tecnología (digitalización y robotización)
como elemento estratégico tanto de los procesos productivos como de los modelos
de negocio y los desafíos del trabajo en la era digital.
Dicha ponencia se vio
complementada por la dictada por el Dr. Ignasi Beltrán Ruiz de Heredia,
Profesor Agregado de la Universitat
Oberta de Catalunya, quien centró el foco de atención en el caso concreto
del trabajo desarrollado a través de plataformas, cuestionándose si las mismas
suponen una “nueva huida” del Derecho del Trabajo y, consecuentemente, una vía
adicional de precariedad laboral. La caprichosa fortuna hizo coincidir su
intervención precisamente con el día en que el Pleno de la Sala Cuarta de
nuestro Tribunal Supremo se reunía para votación y fallo de la sentencia que
decidía sobre la existencia o no de relación laboral en el caso de los riders: la STS de 25 de septiembre de
2020 (núm. de recurso: 4746/2019). La misma declaró que
la relación existente entre un repartidor y Glovo, la empresa propietaria de la
plataforma para la que prestaba el servicio, tiene
naturaleza laboral, argumentando que concurren las notas definitorias del
contrato de trabajo y examinando especialmente la dependencia y la ajenidad.
El tercer bloque del seminario se
dedicó a la sostenibilidad del sistema de pensiones de la Seguridad Social. El
envejecimiento de la población activa y su incidencia sobre el sistema de
pensiones constituye siempre un tema controvertido, en tanto la principal
opción que se plantea al respecto es la prolongación de la vida laboral activa
más allá de la edad legal de jubilación.
Sobre la cuestión, resultó
sumamente ilustrativa, por lo novedoso de la perspectiva del tratamiento de la
cuestión, la ponencia de la Dra. María de los Reyes Martínez Barroso,
Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad
de León, quien hizo una presentación de las iniciativas adoptadas tanto en el
ámbito de la Unión Europea como a nivel nacional para reforzar la seguridad y
la salud de los trabajadores mayores en orden a que puedan permanecer más
tiempo en activo y así contribuir a la sostenibilidad del sistema de pensiones.
El cuarto bloque
temático abordado en las sesiones del seminario analizó desde distintas
perspectivas materiales diversas manifestaciones del principio de igualdad en
el ámbito laboral y de la Seguridad Social.
La Dra. Yolanda Maneiro Vázquez,
Profesora Contratada Doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de
la Universidad de Santiago de Compostela, ofreció en su conferencia una visión
panorámica de los principios de igualdad y no discriminación en el marco del
Derecho de la Unión Europea, poniendo especial énfasis en los pronunciamientos
más destacados que sobre la materia ha emitido el Tribunal de Justicia de la
Unión. A través de ellos se pone de manifiesto la recurrente necesidad de
activar los mecanismos legales para obtener la tutela judicial frente a
decisiones y prácticas empresariales que desconocen este derecho fundamental en
perjuicio de la mujer trabajadora, que ve cómo siguen sin cumplirse con
normalidad las exigencias derivadas de la igualdad material que consagra el
ordenamiento jurídico.
Enlazando igualdad de género y
protección social, la Dra. María José Romero Ródenas, Catedrática de Derecho
del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Castilla-La Mancha,
centró su intervención en el reto de la igualdad de género en materia de
pensiones, subrayando la necesidad de establecer medidas paliativas eficaces
contra la brecha de género, que podría ampliarse aún más ante las
circunstancias que caracterizan esta nueva “anormalidad” en la que nos hemos
instalado tras la crisis sanitaria global.
Cerró el ciclo de conferencias el
Dr. Juan Gorelli Hernández, Catedrático de Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social de la Universidad de Huelva, que disertó sobre la nueva
regulación de la prestación por nacimiento y cuidado del menor, dada por el
Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la
igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la
ocupación. La misma ha tenido su origen en la equiparación, aunque de
aplicación progresiva, de la
duración de los permisos por nacimiento de hijo o hija de ambos progenitores.
Lo que ha supuesto un importante hito para la consecución de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres y la promoción
tanto de la conciliación de la vida personal y familiar como del principio de
corresponsabilidad entre ambos progenitores, elementos todos ellos esenciales
para el cumplimiento del principio de igualdad de trato y de oportunidades
entre hombres y mujeres en todos los ámbitos.
No podemos cerrar
esta reseña sin dar las gracias a todos los ponentes y asistentes al seminario
permanente de este año pues la buena acogida del mismo nos impulsa a seguir
trabajando para poner en marcha la edición del año 2021, a la que desde ya os
emplazamos, y en la que esperamos que las circunstancias sanitarias nos
permitan poder celebrarlo de manera presencial para disfrutar en la cercanía de
estos espacios de debate jurídico[3]-laboral.