El Derecho como ciencia hermenéutica: la dimensión jurídica de la acción humana
Mots-clés :
Derecho, hermenéutica jurídica, filosofía del derecho, Chales TaylorRésumé
Charles Taylor considera las ciencias humanas como ciencias hermenéuticas. Estas serían aquellas que se ocupan del significado de textos, acciones, signos y otros “portadores de significado”, creados por los seres humanos para otros seres humanos. Desde este punto de vista, el derecho entraría en el ámbito de las ciencias hermenéuticas. Sin embargo, una interpretación del Derecho, no puede limitarse a interpretar lo normativo como portador de significado, es decir, no puede limitarse a lo textual. El Derecho tiene una doble agenda: sus asuntos de interés son, por un lado, la acción humana y el contexto en el que se desarrolla entendido como “lo social” y, por otro, lo textual-regulador o lo normativo, en perpetua remisión y confrontación. La hermenéutica debe encontrar en el derecho el significado de esta confrontación entre acción humana y texto regulador que le es propio. Así, la hermenéutica jurídica tradicional, entendida como interpretación de los enunciados jurídicos o textos, se equivoca al reducir lo jurídico a lo normativo, manteniendo una visión excesivamente unívoca del derecho. Partiendo de esta premisa proponemos una hermenéutica jurídica que no olvide la relación dinámica entre acción humana y norma. Nos inspiramos en los trabajos de Viola y Zaccaria, Richard Rorty, Kauffman y Ricoeur. Desde esta perspectiva estudiaremos la posición hermenéutica de los que para nosotros son los tres grandes intérpretes del derecho, sin que podamos excluir a ninguno de ellos: el legislador, el ciudadano y el aplicador propiamente dicho (juez o funcionario) sin perder de vista que el derecho, como ciencia hermenéutica tiene como fin dar sentido y significado a la acción humana.
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